Las BIC, son las empresas que generan un interés a sus accionistas que actúan en pro del interés de la colectividad y del medio ambiente. Según la ley 1901 de 2018, cualquier sociedad comercial existente o futura podrá adoptar la condición de sociedad de “Beneficio e Interés Colectivo”. Lo interesante de esta sociedad, son las ventajas que pueden adquirir los empresarios tales como, incentivos que incluyen Portafolio preferencial de servicios en materia de propiedad industrial, acceso preferencial a líneas de crédito y tratamiento tributarios de la utilidades repartida a través de acciones a los trabajadores.
Para ser parte de esta sociedad se debe cumplir con los siguientes requisitos contemplados en el decreto 2046 de 2019
Esta sociedad representará un “sello de calidad” frente al cuidado del medio ambiente y las buenas prácticas sociales. Generando estándares de equidad.
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